Razón
Social |
Asecofin S.A.S. |
Nit.
# |
830
064 723 - 2 |
Habilitación
MinTic |
1398/18 |
Registro
de Operadores Postales |
RPOSTAL409 |
1.1. Contrato
de Prestación de Servicios Mensajería Expresa.
El
contenido del contrato de prestación de servicios, que rige el servicio postal
contratado, será convenido a la medida con cada cliente corporativo indicando
en éste, las condiciones económicas, técnicas, jurídicas y comerciales que
rigen el suministro del servicio.
1.2
Parámetros y Niveles de Calidad del
servicio.
Los aspectos con relación a cobertura,
frecuencia y/o tiempos de entrega, entre otros que se llegaren a derivar de la
necesidad del cliente, se acordaran con cada cliente corporativo, dejando plasmado
estos aspectos en los documentos (ANS) Acuerdo de Niveles de Servicio.
1.3
Tarifas.
Las tarifas relacionadas al servicio contratado
estarán especificadas en la oferta económica de cada cliente corporativo, la
cual hará parte integral del contrato celebrado.
1.4
Objetos Postales Prohibidos.
Son
objetos postales prohibidos aquellos cuya circulación no se permita por motivos
de seguridad, sanidad pública, utilidad general y de protección a los servicios
postales. De conformidad con la Resolución 3038 de 2011, artículo 14, numeral
14.3., los usuarios deben abstenerse enviar los siguientes objetos postales:
·
Objetos
cuya importación o circulación esté prohibida en el país de destino.
·
Objetos
que por su naturaleza o embalaje pongan en peligro a los empleados de los
servicios postales o al público en general, o que puedan ensuciar o dañar otros
objetos postales, o los equipos del operador.
·
Animales
vivos.
·
El
envío de papel moneda, títulos valores de cualquier tipo pagaderos al portador,
platino, oro, plata, piedras preciosas, joyas y otros objetos de valor de
similar naturaleza, que no se envíen asegurados. La prohibición del envío de
papel moneda no opera en la admisión de dinero por parte del operador de
servicios postales de pago que suministre esta clase de servicios a sus
usuarios.
·
Los
objetos cuyo tráfico sea constitutivo de un delito.
·
Los
objetos que se determinen en convenios internacionales de los cuales Colombia
sea signataria.
·
Los
demás objetos cuyo trasporte esté prohibido por la ley.
1.5 Atención
al Usuario.
Por tratarse de contratos celebrados a
nivel corporativo, la atención se realizara por los
canales establecidos en los (ANS) Acuerdo de Niveles de Servicio.
Sede Principal – Bogotá
Dirección: Calle 85ª # 21-06
Teléfono: (1) 443 0880
Correo Electrónico;
será asignado e informado en los (ANS) Acuerdo de Niveles de Servicio, de cada
entidad.
1.6
Indicadores de Servicio
Los
contratos corporativos, incluirán en el (ANS) Acuerdo de Niveles de Servicio,
las mediciones especificas que cada entidad requiere,
para el seguimiento en la gestión de entrega.
En
cumplimiento a la Resolución 3095 de 2011, Articulo 7, se realizara
la medición de objetos entregados en buen estado.
% de objetos entregados en buen estado:
(No. de objetos postales entregados en buen estado)
(No. Objetos postales enviados) – (No. objetos
postales perdidos, expoliados o averiados por fuerza mayor o caso fortuito)
1.7
Red de Cubrimiento
Asecofin S.A.S., cuenta con operación directa en
7 departamentos, y para la atención de nuestros clientes corporativos, diseñara
campañas y planes con el fin de cumplir lo pactado en el (ANS) Acuerdo de
Niveles de Servicio.